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Documento BOE-J-2023-286563

MADRID. Edicto de 26 de junio de 2023 en procedimiento civil número 81/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-286563

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 81/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 09/03/2023

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 20 dias

DESTINATARIOS

VECO EXPERIENCIA SL - Nº ****3911*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 15 DE MADRID JUICIO: Procedimiento Ordinario 81/2023 PARTE DEMANDANTE: D./Dña. JOSÉ ENRIQUE HERNÁNDEZ LÓPEZ PARTE DEMANDADA: VECO EXPERIENCIA SL SOBRE: Contratos en general En virtud de lo acordado en los autos de referencia, por no ser conocido el domicilio de VECO EXPERIENCIA SL, por resolución de 23 de Junio de 2.023, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de decreto de fecha 09 de Marzo de 2.023, cuya parte dispositiva en extracto es del siguiente tenor literal SE ACUERDA: Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador D./Dña. ARTURO ROMERO BALLESTER en nombre y representación de D./Dña. JOSÉ ENRIQUE HERNÁNDEZ LÓPEZ, frente a VECO EXPERIENCIA SL, sobre Contratos en general, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario. Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste/n en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES con las siguientes prevenciones: Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado se le declarará en situación de rebeldía procesal (art. 496.1 L.E.C) Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.)

Madrid, 26 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO

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