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Documento BOE-J-2023-276266

MADRID. Edicto de 20 de junio de 2023 en procedimiento civil número 144/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 153, de 28 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-276266

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 144/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Sin plazo

DESTINATARIOS

Dña.Maria Carmen Gallardo Trenado

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el concurso ordinario 144/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0086881, por auto de fecha 13/06/2023 se ha declarado en concurso voluntario a Dña. MARIA CARMEN GALLARDO TRENADO con DNI 44782203 F, con domicilio en la calle Mayor Alta, nº 147, escalera C, 2º H, 28540 Perales de Tajuña. 2.- Importe del pasivo. De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 92.201,61 euros. 3.- Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU). 4.- Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter del TRLC. 5.- Solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho. Trascurrido el referido plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de Administrador/a Concursal, el deudor persona física deberá, en su caso, presentar dentro de los diez días siguientes, a contar desde el vencimiento del plazo anterior, la solicitud de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

Madrid, 20 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROSA MARIA CASTEDO BARTOLOME

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