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Documento BOE-J-2023-276216

ALMERÍA. Edicto de 23 de junio de 2023 en procedimiento concursal número 441/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 153, de 28 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-276216

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 441/2023

NIG: 0401342120230003857

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Posibles acreedores y demás interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se declara conjuntamente el concurso de acreedores de DON FRANCISCO ESCUDERO BERENGUEL, DNI 27240980-X y DOÑA OLGA BEBK, NIE Y0460457-B

La declaración CONJUNTA del presente concurso a fin de su tramitación coordinada en los términos del artículo 42 del TRLC, no supone la unificación de los procedimientos, debiendo presentar la administración concursal un informe para cada sociedad, determinando la masa activa y pasiva de cada una de ellas.

A tales efectos dedúzcase testimonio de la presente y de la solicitud y documentos acompañados a fin de incoar un procedimiento concursal más correspondiente a DOÑA OLGA BEBK, NIE Y0460457-B

2.- El presente concurso tiene carácter VOLUNTARIO. No se ha solicitado la liquidación de la masa activa.

3.- Ábrase la fase común de tramitación del concurso.

4.- Procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a la formación de la sección primera, que se encabezará con la solicitud y todos los documentos que la acompañen, así como a la formación de la sección segunda, tercera y cuarta, cada una de la cuales se encabezará por el auto de declaración de concurso.

5.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización.

6.- Se nombra administrador concursal a DON JUAN JESUS CANO CASTAÑEDA, con despacho profesional en Poeta Paco Aquino, 54, 04005, Almería, y teléfono 950270941-606327595; cc2180@icaalmeria.com.

La administración concursal deberá presentar el informe previsto en los artículos 289 y siguientes del TRLC en el plazo de dos meses comenzará a correr desde la fecha en que se produzca la aceptación, con sujeción a los artículos 252 y siguientes, 289 y demás concordantes del TRLC.

Así mismo, de acuerdo con el articulo 448 del TRLC, dentro del plazo de los quince días siguientes al de la presentación del inventario y de las lista de acreedores provisionales, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Al informe se unirán, en su caso, las alegaciones que se hubieran formulado por los acreedores o por los personados en el concurso que no ostenten la condición de acreedor. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 28. 1. 4º y 255 del TRLC procede llamar a todos los acreedores del deudor para que en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en BOE del presente auto comuniquen a la administración judicial la existencia de sus créditos.

Almería, 23 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ

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