Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-272007

VALÈNCIA. Edicto de 21 de junio de 2023 en procedimiento concursal número 480/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 151, de 26 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-272007

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

Correo electrónico: vamerca03_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 480/2022

NIG: 4625066120220002638

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de los deudores Juan José Buj Torro, con DNI nº 22527396T y María Rocío Espinosa de los Santos, con DNI nº 2523439V.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Acuerdo la apertura de la fase de liquidación.

Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición sobre los bienes y derechos que integran la masa activa, con todos los efectos establecidos para la suspensión en el título III del libro primero del TRLC.

Procede la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender a las necesidades mínimas del concursado, su cónyuge o pareja de hecho inscrita, descendientes bajo su potestad y ascendientes a su cargo.

Asimismo, procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

2.- Requiérase al administrador concursal para que, en el plazo de DIEZ DÍAS, informe sobre las reglas especiales que deben regir la liquidación de la masa activa del concurso.

3.- Dese a esta resolución la misma publicidad que al auto de declaración de concurso (art.410 TRLC).

4.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con copia auténtica del auto por el que se ha procedido a su formación y se incorporarán copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

5.- Requiérase a la administración concursal para que proceda, en el plazo de QUINCE DÍAS, a presentar informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución, y el contenido a que se refiere el art.448 TRLC.

En el informe deberá pronunciarse de manera expresa sore la eventual presentación de alegaciones, dentro del plazo previsto en el art.447 TRLC, por cualquier acreedor o personado en el concurso, para su calificación como culpable. En caso afirmativo, esas alegaciones se unirán como anejo a su informe y deberá acreditar la remisión del informe a la dirección de correo electrónico de estos.

MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado (artículo 451 LEC).

Así lo acuerda, manda y firma SSª. Doy fe.

URL Registro Público Concursal https://www.publicidadconcursal.es/

València, 21 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid