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Documento BOE-J-2023-257793

MADRID. Edicto de 8 de junio de 2023 en procedimiento civil número 44/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-257793

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 44/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/06/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

CASTILLO DE MOYA, RAFAEL - Nº ***1719**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 44/2023, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0009456, por auto de fecha 5-6-2023, se ha declarado en concurso voluntario, a D./Dña. RAFAEL CASTILLO DE MOYA, con nº de identificación 50417190V, y domiciliado en CALLE: MONTEALTO (HUMERA), nº 32 C.P.:28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid) De la solicitud se aprecia que el deudor carece de MASA ACTIVA. Remítase esta resolución, de forma telemática, al «Boletín Oficial del Estado» y publíquese en el Registro Público Concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos contenidos en el art. 37 ter. Si dentro del mencionado plazo, ningún legitimado formula esa solicitud, se procederá a la conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC. Notifíquese esta resolución al deudor, a las partes comparecidas, a la AEAT, a la TGSS y a la representación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador. Expídase por el Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro civil, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la anotación de la declaración del concurso y, una vez firme la presente resolución, a su inscripción (arts. 36 y 37 TRLC).

Madrid, 8 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ESTHER LÓPEZ RUANO

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