Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Elche/Elx
Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21
Localidad: Elche/Elx
Código Postal: 03203
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 966917289
Concursal
Número: 1804/2022
Auto
Fecha: 06/06/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 15 días para solicitar nombramiento administrador concursal
Acreedores de Daniel Saez Belijar con DNI 74366664M
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O(TABLÓN JUDICIAL EDICTAL ÚNICO)
Dña. MONTSERRAT MUÑOZ AGUILAR, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia 1 de Elche, por el presente HAGO SABER:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado num. 001804/2022, N.I.G. 03065-42-1-2022-0010358, habiéndose dictado con fecha 06/06/2023 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de Concurso Abreviado [CNA] VOLUNTARIO de acreedores de DANIEL SAEZ BELIJAR,con domicilio en ELCHE, CALLE HERMANOS CARACENA Nº 69, 4º, 1ª Y NIF nº 74366664M.
Llamamiento a los acreedores: Los acreedores del concursado y que representen al menos el cinco por ciento (5%) del pasivo, tienen un plazo de QUINCE DIAS a contar del siguiente a la publicación de este edicto, para solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos siguientes:
1º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho de la persona jurídica concursada o contra la persona natural designada por el persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica, y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.4.- En el caso de que, dentro de plazo, acreedor o acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, formularan solicitud de nombramiento de administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter TRLC, el juez, mediante auto, procederá al nombramiento para que, en el plazo de un mes a contar desde la aceptación, emita el informe solicitado. En el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado(art. 37 quater, apartado 1). El deudor deberá facilitar de inmediato toda la información que le sea requerida por el administrador concursal para la elaboración del referido informe (art. 37 quater, apartado 2).En el supuesto de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho(art. 37 ter, apartado 2 TRLC).
Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal.
En Elche a siete de junio de dos mil veintitrés.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Elche/Elx, 13 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MONTSERRAT MUÑOZ AGUILAR
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