Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-25301

BARCELONA. Edicto de 18 de enero de 2023 en procedimiento concursal número 85/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 20, de 24 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2023-25301

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 935549461

Correo electrónico: msirach@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 85/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona

Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona 08075

TEL: 935549461

Procedimiento: Concurso sin masa n.º 85/2023-D

Parte deudora/concursada: Alexandre Avila Segura

Procurador/a: Laia Barniol Jounou

Abogado/a: Amaya Betore Murillo

EDICTO

D. Santiago García Miguel, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso sin masa nº 85/2023-D

NIG: 0801947120238000188

Fecha de presentación de la solicitud: 02/01/2023

Fecha del auto de declaración. 12-1-2023.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. D. Alexandre Avila Segura, con DNI nº 45639349N.

Se confiere un plazo de quince días a los acreedores, a contar desde la publicación del edicto en el Tablón Edictal Judicial Único del B.O.E, a fin de que, al menos, los que representen el cinco por ciento del pasivo, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal, para que emita el informe a que se refiere el artículo 37 ter del TRLC, y para que en su caso pueda informar en el momento procesal oportuno sobre la solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho que pudiera presentar el deudor.

Trascurrido el referido plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de administrador concursal, el deudor persona física podrá, en su caso, presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho en los diez días siguientes, conforme a los artículos 501 y ss. TRLC.

En Barcelona, a 12 de enero de 2023.

El Letrado de la Administración de Justicia

Barcelona, 18 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SANTIAGO GARCIA MIGUEL

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid