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Documento BOE-J-2023-246963

MARBELLA. Edicto de 5 de junio de 2023 en procedimiento civil número 1540/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 137, de 9 de junio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-246963

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Marbella

Dirección: Avenida ARIAS DE VELASCO 15

Localidad: Marbella

Código Postal: 29601

Provincia: Málaga

Teléfono: 951914348

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.5.Marbella.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1540/2022

NIG: 2906942120220023067

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 26/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: 5 días

DESTINATARIOS

RAMILA KOSENKO - NIF/NIE: ****2243*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Si no desaloja la finca ni paga la deuda reclamada ni se opone a la demanda en el plazo de 10 días concedido se dictará decreto dando por terminado el procedimiento y se procederá al lanzamiento en la fecha fijada sin más trámite.

2.- Si desaloja la finca en el plazo concedido pero ni paga ni se opone se dictará decreto dando por terminado el procedimiento y se dejará sin efecto la diligencia de lanzamiento salvo que el demandante interese se levante acta sobre el estado de la finca.

3.- Si se opone a la demanda y no comparece a la vista señalada para el juicio se declarará el desahucio sin más trámite y queda citado para recibir la notificación de la sentencia el sexto día siguiente al señalado para la vista.

Si tampoco comparece para ser notificado de la sentencia le será notificada por edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

4.- Si se opone a la demanda deberá asistir a la vista con las pruebas de que intente valerse pudiendo, en el plazo de tres días, solicitar la citación judicial de sus testigos o peritos, facilitando los datos y circunstancias necesarias para su citación o el interrogatorio por escrito de personas jurídicas conforme al artículo 381 de la lec

5.- Para comparecer en juicio deberá hacerlo por medio de Procurador y con asistencia de Abogado.

Si pretende solicitar la designación de abogado y procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los TRES DÍAS siguientes al de la notificación de la presente ante el Colegio de Abogados de su municipio. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá necesariamente la celebración del juicio.

6.- La falta de oposición supone la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento.

7.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso

Marbella, 5 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BLANCA CASTIÑEIRA REPULLO

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