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Documento BOE-J-2023-241485

MADRID. Edicto de 31 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 284/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-241485

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 284/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 31/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 dias

DESTINATARIOS

Acreedores Sumicar Auto S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 06 de Madrid. ANUNCIA Que con número de autos 284/2023 se sigue procedimiento concursal en el que en fecha 31/5/2023 se ha dictado Auto en el que: 1.- Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer del concurso de SUMICAR AUTO, SL, con CIF B-83310953. 2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, de la mercantil SUMICAR AUTO, SL, con CIF B-83310953sin más pronunciamientos. Se aplicarán en la tramitación del procedimiento las normas procedimentales concursales del Libro I, además de las especialidades y trámites y plazos recogidos en la D.T.2ª de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre. 3.- El pasivo relevante a efectos de solicitar la designación de administración concursal que elabore el informe del art. 37.ter.1º TRLCo asciende a la cantidad de 1,738.307,93 euros, de lo que resulta que el acreedor o acreedores titulares de créditos que sumen 86915,39 euros estarán legitimados para dicha solicitud. 4.- Se concede a dichos acreedores legitimados que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, el plazo de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente a la última de las publicaciones en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE, y en el Registro Público Concursal, para que soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLCo. A los meros efectos informativos y de modo provisional se fija el coste por retribución de dicho administrador concursal por la emisión de dicho informe, en la cantidad de 2500 euros (más sus correspondientes impuestos indirectos). 5.- Siendo el deudor persona jurídica, trascurrido el anterior plazo de quince (15) días sin que se haya solicitado el nombramiento de administración concursal para elaborar dicho informe, procederá directamente a la conclusión del concurso; lo que se acordará en Resolución separada.

Madrid, 31 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN

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