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Documento BOE-J-2023-241411

GIRONA. Edicto de 2 de junio de 2023 en procedimiento concursal número 544/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2023-241411

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Girona

Dirección: Plaza JOSEP MARIA LIDÓN CORBÍ 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 972942306

Correo electrónico: mercantil1.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 544/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 17/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de la parte concursada FRANCISCA MORERA BOTA

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Hago saber que:

PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal consecutivo número 5444/2022 sección B, referente a la parte concursada persona física Sra. FRANCISCA MORERA BOTA, se pone de manifiesto en la Oficina Judicial de este Juzgado el día 17 de mayo de 2023 el plan de liquidación de los bienes y derechos de la parte concursada, elaborado por la administración concursal.

SEGUNDO.-La parte deudora y los acreedores concursales pueden en el plazo de QUINCE DIAS, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y modificaciones al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 418 del TRLC (Disposición Transitoria Primera Apartados 2 y 4 de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre).

TERCERO.-Conforme los artículos 718 y 719 del TRLC (Disposición Transitoria Primera Apartados 2 y 4 de la Ley 16/2022 de 5 de septiembre), la parte concursada y los acreedores podrán formular observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.

Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la Sección 6ª de Calificación.

Girona, 2 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

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