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Documento BOE-J-2023-240253

VALÈNCIA. Edicto de 2 de junio de 2023 en procedimiento concursal número 767/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 135, de 7 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-240253

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 767/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso del Sr. Julio César Adrián Martínez

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. Cristina Mª Valero Domenech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de Valencia, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000767/2022 habiéndose dictado en fecha 30/05/2023 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Valencia auto firme de conclusión de concurso , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de D. Julio César Adrián Martínez, con DNI 33407461-F, con domicilio en Calle Wolfgang Amadeus Mozart nº22 de Puerto de Sagunto, Valencia, inscrito en el Registro Civil de Lorca, Tomo 571, página 95 de la Sección 1ª, por fin de las operaciones liquidatorias o insuficiencia de la masa activa, y el archivo de las presentes actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores, en su caso.

3.- Se declara exoneración del pasivo insatisfecho de D. Julio César Adrián Martínez, respecto de sus créditos exonerables, aún los no comunicados, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos, sin perjuicio del derecho de revocación que incumbe a los acreedores concursales.

Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

València, 2 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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