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Documento BOE-J-2023-240251

VALÈNCIA. Edicto de 2 de junio de 2023 en procedimiento concursal número 666/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 135, de 7 de junio de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-240251

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 666/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 30/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de Lismar Alejandra Rodriguez Rodriguez y Ronald Davis Mosquera Colina

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dña. CRISTINA Mª VALERO DOMENECH, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 000666/2022 habiéndose dictado en fecha 30/5/23 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 4 DE VALENCIA auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

1.- SE DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO DE ACREEDORES de Dª. LISMAR ALEJANDRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y D. RONALD DAVID MOSQUERA COLINA, con domicilio en CALLE Ador Nº 65-3º-5 de Valencia y N.I.F. numero Y6247064W y 6246996A, inscritos en el Registro Civil de Venezuela, por fin de las operaciones liquidatorias o insuficiencia de la masa activa, y el ARCHIVO de las presentes actuaciones.2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores, en su caso.3.- SE DECLARA LA EXONERACION DEL PASIVO INSATISFECHO de Dª.LISMAR ALEJANDRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y D. RONALD DAVID MOSQUERA COLINA ,respecto de sus créditos exonerables, aún los no comunicados, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos, sin perjuicio del derecho de revocación que incumbe a los acreedores concursales.

Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en el Registro Público Concursal a través del enlace: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar

València, 2 de junio de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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