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Documento BOE-J-2023-238730

MADRID. Edicto de 29 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 182/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 134, de 6 de junio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-238730

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 182/2020

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 22/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

MARTIN IBAÑEZ, FRANCISCO JOSE - Nº ***7095**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA Nº 63/2023 En Madrid, a 22 de mayo de 2023 Vistos por Carmen González Suárez, magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid en juicio oral y público los autos registrados entre los de su igual clase con el nº arriba referenciado, identificado el proceso por los siguientes elementos: - Tipo de procedimiento: Juicio Ordinario. - Parte actora: RICOH ESPAÑA SLU procuradora D. Ignacio Melchor Ouña, abogado D. José Luis García Álvarez. - Parte demandada: FRANCISCO JOSÉ MARTÍN IBÁÑEZ, en situación de rebeldía. - Pretensión deducida: declarativa de condena - Cuantía de la acción: 10.926,30 € FALLO Estimar íntegramente la demanda interpuesta por RICOH ESPAÑA SLU contra FRANCISCO JOSÉ MARTÍN IBÁÑEZ y en consecuencia, se condena al demandado a pagar a la parte actora la suma de 14.296,81 euros, los intereses legales, así como las costas del presente procedimiento. Notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma es firme, pues contra ella no cabe recurso alguno. Así por esta mi sentencia, que dicto, mando y firmo en el día de su fecha, de la cual se dejará testimonio en los autos de su razón, llevándose su original al libro correspondiente, y ejecutoriándose, en su caso, en nombre SM el Rey. La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Madrid, 29 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA

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