Está Vd. en

Documento BOE-J-2023-236418

VERA. Edicto de 31 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 406/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 133, de 5 de junio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-236418

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Vera

Dirección: Calle CARRETERA DE LAS AGUILAS S/N

Localidad: Vera

Código Postal: 04620

Provincia: Almería

Teléfono: 600156904

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.2.Vera.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 406/2020

NIG: 0410042120200001474

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 09/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 5

DESTINATARIOS

JULIE ANNE RESZCZYNSKI - NIF/NIE: ****9502*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

I- La formación de un solo lote en el caso de ser solamente una la Finca registral objeto de ejecución o tantos lotes como Fincas son objeto de ejecución, a razón de formar cada lote con una sola Finca Registral y excluyente de aquellas otras Fincas Registrales con hoja registral propia y autónoma. Se concede plazo de cinco días hábiles procesalesa las partes personadas en autos para alegaciones según el artículo 643 de la Ley de Enjuiciamiento Civil con el apercibimiento de que de no verificarlo en plazo se decretará la preclusión de trámite sin necesidad de dictar nueva resolución al respecto.

II- Se convoca subasta de los bienes objeto de ejecución forzosa que a continuación se detallan:

FINCA Nº 11606 DE MOJACAR , inscrita en el Registro de la Propiedad de Mojácar al tomo 1215 libro 226 folio 185. INSCRIPCION 4ª

Tratándose de subasta de bienes hipotecados, sean muebles o inmuebles, la subasta que se convoca con la presente resolución se realizará con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil para la subasta de bienes inmuebles.

III- Se declara precluida la posibilidad de instar y acogerse a la dación en pago de las viviendas de carácter habitual por los ejecutados por disposición del el apartado 3.e) del Anexo al Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN en el plazo de cinco días desde su notificación, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y 454.2 bis y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número , indicando en el campo beneficiario JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE VERA, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos (sin guiones ni espacios).

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Vera, 31 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PILAR DEL PINO GARCIA

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid