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Documento BOE-J-2023-236383

MÁLAGA. Edicto de 31 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 346/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 133, de 5 de junio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2023-236383

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 639932975

Correo electrónico: jmercantil.3.malaga.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 346/2023

NIG: 2906742120230015734

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 19/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MARIA JOSEFA LOPEZ LOPEZ - NIF/NIE: ***6969**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37 bis y 37 ter del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal en la redacción dada por la Ley 16/22 de 5 de septiembre para la trasposición de la Directiva de la UE 2019/2013.

Anuncia

1.- Que en el procedimiento número 346/23, con NIG 2906742120230015734 por auto de fecha 19/05/23 se ha declarado en situación de concurso voluntario sin masa al deudor Dª MARIA JOSEFA LOPEZ LOPEZ con DNI 33369695F con domicilio en Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga, todo ello con base en la solicitud presentada el 30/03/23 y repartida a este Juzgado el 30/03/23. El pasivo asciende a 487.973,84 euros.

2.- Que en el mismo auto de declaración del concurso, se hace llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, soliciten el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos enumerados en el artículo 37 ter del TRLC consistentes en:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

3.- Se acuerda la publicación dela declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado en el suplemento del tablón judicial edictal único, y en el Registro Público Concursal, remitiéndose a tal efecto un edicto que contendrá las menciones indispensables que establece el artículo 35 del TRLC, teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 552 del TRLC para las publicaciones telemáticas.

4- Que los acreedores, a los efectos del llamamiento recogido en el punto número 2, deberán comparecer por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 512 del Texto Refundido de la Ley Concursal)

En Málaga a 19 de Mayo de 2023

El Letrado de la Administración de Justicia

Málaga, 31 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MARIA CASASOLA DIAZ

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