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Documento BOE-J-2023-235094

SEVILLA. Edicto de 29 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 1029/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 131, de 2 de junio de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-235094

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955512021

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.2.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1029/2023

NIG: 4109142120230001431

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 26/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: diez dias

DESTINATARIOS

QIUYU SUN - NIF/NIE: ****7875*

WANGZHOU ZHANG - NIF/NIE: ****2897*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

PARTE DISPOSITIVA AUTO Y DECRETO

Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIA a instancia de CC.PP EDIFICIO TORRE ESTE, representada por el/la Procurador/a, MIGUEL ANGEL MARQUEZ DIAZ, en adelante parte ejecutante, contra QIUYU SUN y WANGZHOU ZHANG, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 19828,14euros de PRINCIPAL, más otros 5948,44euros presupuestados para INTERESES y COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación, ejecución que se despacha en forma solidaria respecto de todos los ejecutados.

Queden los autos sobre la mesa del/la Letrado/a de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.

Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al/los ejecutado/s, o al/los Procurador/es que lo represente/n, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el art.551.4 LEC, sin perjuicio de que el/los ejecutado/s puedan oponerse a la ejecución despachada dentro del plazo de DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este auto.

Procédase al embargo de bienes como propiedad del ejecutado QIUYU SUN y WANGZHOU ZHANG en cantidad suficiente a cubrir la suma 19.828,14€ de principal, más 5948,44€ presupuestados para intereses y costas , sin perjuicio de su posterior liquidación.

A tal fin con carácter previo al embargo de la finca y demás bienes designados, recábase información completa actualizada de los demandados, dándose traslado de su resultado a la ejecutante, que tras su estudio deberá instar lo que a su derecho convenga.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma.

Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s, junto con el Auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.

Sevilla, 29 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ROCIO MEANA CUBERO

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