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Documento BOE-J-2023-225417

VALÈNCIA. Edicto de 25 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 287/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-225417

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Valencia

Dirección: Avenida PROFESSOR LOPEZ PIÑERO (HISTORIADOR DE MEDICINA) 14

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961929039

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 287/2022

NIG: 4625066120220001522

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Concurso de acreedores de BENAPROM SL (CIF B97051338)

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Parte dispositiva de la resolución:

1.- Acuerdo la finalización de la fase común del concurso y simultánea apertura de la fase de liquidación. Fórmese la Sección quinta del concurso.

2.- Se declara la disolución de la mercantil concursada BENAPROM SL, lo que conlleva el cese de sus administradores societarios o liquidadores, que serán sustituidos por el administrador concursal, D. ANTONIO HIPÓLITO AGULLÓ DE LA PRIDA con D.N.I. 52710962E, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea parte.

Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables.

2.- Requiérase al administrador concursal para que, en el plazo de DIEZ DÍAS, informe sobre las reglas especiales que deben regir la liquidación de la masa activa del concurso.

3.- Dese a esta resolución la misma publicidad que al auto de declaración de concurso (art.410 TRLC).

3.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con copia auténtica del auto por el que se ha procedido a su formación y se incorporarán copia auténtica de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación aportada por el deudor, del auto de declaración de concurso y del informe de la administración concursal con los documentos anejos.

4.- Requiérase a la administración concursal para que proceda, en el plazo de quince días, a presentar informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución, y el contenido a que se refiere el art.448 TRLC.

En el informe deberá pronunciarse de manera expresa sore la eventual presentación de alegaciones, dentro del plazo previsto en el art.447 TRLC, por cualquier acreedor o personado en el concurso, para su calificación como culpable. En caso afirmativo, esas alegaciones se unirán como anejo a su informe y deberá acreditar la remisión del informe a la dirección de correo electrónico de estos.

URL a la web del Registro público concursal: https://www.publicidadconcursal.es/registro-publico-concursal

València, 25 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICTOR SANZ GORDON

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