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Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 50/2023
Auto
Fecha: 18/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 15 días
Concursado, acreedores y otros interesados
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Edicto Hace saber: Que en el concurso 50/2023, con número de identificación general del procedimiento 28.079.00.2-2022/0526516, por auto de fecha 18/05/2023, se ha declarado en concurso voluntario, a D./Dña. María Francisca González Vela, con nº de identificación 51360708Y, y domiciliado en calle: del Cerro Blanco, nº 18 Esc/Piso/Prta: 5º D C.P.:28026 Madrid (Madrid) 1.- Declaración de concurso. Se declara en concurso voluntario de acreedores, sin más pronunciamientos, a/l/a deudor/a D./Dª. María Francisca González Vela, con dni/nif.- 51360708Y, y domicilio en c/ del Cerro Blanco nº 18, 5º D, CP. 28026, Madrid. 2.- Importe del pasivo. De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 182.044,85 euros. 3.- Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 TRLC. La inserción del edicto en el TEJU será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano. 4.- Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter del TRLC. 5.- Solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho. Trascurrido el referido plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de Administrador/a Concursal, el deudor persona física deberá, en su caso, presentar dentro de los diez días siguientes, a contar desde el vencimiento del plazo anterior, la solicitud de beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
Madrid, 22 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO
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