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Documento BOE-J-2023-225164

ELCHE/ELX. Edicto de 24 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 293/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-225164

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Alicante

Dirección: Calle ABOGADOS DE ATOCHA 21

Localidad: Elche/Elx

Código Postal: 03200

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 966917375

Correo electrónico: alme03_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 293/2023

NIG: 0306566120230000215

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de acreedores de los concursados Dª. Rosanna Zabatta y D. Giovanni Rapaglia

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto

D.Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber:

Que por auto de fecha 22/05/2023 en el procedimiento con número de autos 000293/2023 y N.I.G. 03065-66-1-2023-0000215, se ha declarado en concurso voluntario sin masa a los concursados Rosanna Zabatta y Giovanni Rapaglia ,con domicilios ambos en Calle Radio Murcia,6 Plta. baja B Torrevieja y N.I.E. nº X38----5B y X38----9M respectivamente, con nacionalidad italiana, representados por el procurador D/Dª Constantino Manuel Gutierrez Sarmiento.

Llamamiento a los acreedores:De conformidad con lo establecido en al artículo 37 ter TRLC el acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos establecidos en el citado artículoDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 quater TRLC en el mismo auto fijará la retribución del administrador por la emisión del informe encomendado, cuya satisfacción corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.

Llamamiento al deudor: En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho

Pasivo de la parte deudora: 135.649,02 €

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 552 del TRLC.

Elche/Elx, 24 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JORGE CUELLAR OTON

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