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Documento BOE-J-2023-22475

BARCELONA. Edicto de 18 de enero de 2023 en procedimiento concursal número 1581/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 19, de 23 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2023-22475

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 11 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938567959

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1581/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 13/01/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Francisco García Cano

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Fecha de presentación: 19/12/1022

Fecha de reparto: 21/12/2022

Declaro a FRANCISCO GARCÍA CANO con DNI 38055245C en concurso de acreedores voluntario, sin más pronunciamientos.

De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 44.653,16 €.

Se confiere el plazo de 15 días a los acreedores desde la publicación del edicto en el TEJU a fin de que, al menos, los que representen el 5% del pasivo puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que emita el informe a que se refiere el art. 37 ter del TRLC.

En este mismo plazo, se podrá personar cualquier acreedor a efectos de oponerse a la concesión del EPI ( art. 501.2 TRLC). En caso de no existir acreedores personados, se pasarán los autos al Magistrado sin más trámite, para dictar la resolución oportuna.

Trascurrido este plazo de 15 días sin que se haya solicitado el nombramiento de AC, el deudor persona física deberá, en su caso, presentar en los 10 días siguientes solicitud de exoneración.

Trascurrido este plazo de 15 días sin que se haya solicitado el nombramiento de AC, se procederá directamente a la conclusión del concurso, en caso de persona jurídica.

Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 LC. La inserción del edicto en el TEJU será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano.

Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter.

Barcelona, 18 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, XAVIER GARCIA BONET

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