Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Tarragona
Dirección: Avenida DE ROMA 19 Bajos
Localidad: Tarragona
Código Postal: 43005
Provincia: Tarragona
Teléfono: 977920117
Correo electrónico: mercantil1.tarragona@xij.gencat.cat
Concursal
Número: 145/2021
Auto
Fecha: 11/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores del concurso consecutivo 145/2021 de Jose Antonio Pena Moreira
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVA
Declaro concluso el procedimiento concursal de JOSÉ ANTONIO PENA MOREIRA, y el archivo de las actuaciones.
Concedo a JOSÉ ANTONIO PENA MOREIRA, el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho con carácter definitivo, con remisión del 100% de las deudas.
El beneficio de exoneración se extiende a la totalidad de los créditos ordinarios y subordinados insatisfechos, exceptuando los créditos de derecho público y alimentos.
Créditos exonerables según cuadro aportado por la administración concursal
Acreedor
Cuantía debida
Ordinario 269,3
Subordinado281,4
Subordinado712,1
Banco Sabadell,S.A -LINEA EXPANSION nº 2325930395-19
2.712,80
2.712,80
Banco Sabadell,S.A - PRESTAMO Nº807640037725
19.786,88
18.135,77
1.651,11
Banco Sabadell,S.A - TARJETA nº 4011952528-84
6.157,90
6.157,90
Banco Sabadell,S.A - PRESTAMO nº807607898523
43.111,19
39.140,10
3.971,09
CAIXABANK PAYMENTS & CONSUMER, E.F.C. E.P. S.A.U - TARJETAS DE CRÉDITO
2.022,46
1.813,72
208,74
ServiciosFinancierosCarrefour, E.F.C., SA
7.168,68
6.684,26
484,42
Financiera El Corte Ingles EFC
10.075,13
10.075,13
Cofidis S.A Sucursal en España
10.849,99
9.712,66
1.137,33
Santander Consumer Finance, S.A
145,99
145,99
Total
102.031,02
94.432,34
7.452,69
145,99
El pasivo insatisfecho se debe considerar extinguido, sin alcanzar, en su caso, a los obligados solidarios, fiadores y avalistas del concursado respecto de los créditos que se extinguen.
Acuerdo el cese de la Administración concursal y el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada que estén
subsistentes en este momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Esta resolución será notificada y publicada conforme al art. 482 LC, en la misma forma que se acordó para la declaración de concurso. Y será inscrita en los registros en que se inscribió dicha declaración y comunicada a los órganos judiciales y/o administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio de la parte concursada, a fin de que, en su caso, los archiven definitivamente.
Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para su curso y gestión, y se le concede un plazo de DIEZ días para que la presentación de los mandamientos.
Declaro aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal.
Contra esta resolución cabe recurso de reposición.
Tarragona, 23 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN HOLGADO ESTEBAN
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