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Documento BOE-J-2023-223140

MADRID. Edicto de 24 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 431/2010.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 127, de 29 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-223140

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 431/2010

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 23/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Huelva Comunicación Multimedia, S.L Cif: B21286711

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

El Juzgado Nº 4 de Madrid

Hace saber:

1.- Se declara concluso este procedimiento concursal por finalización de la fase de liquidación y se acuerda el archivo de las actuaciones de la mercantil: Huelva Comunicación Multimedia, S.L. con CIF: B-21286711, inscrita en el Registro Mercantil de Huelva, tomo 546, folio 180 de la sección 8ª, Hoja H-8150. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes. 3.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. 4.- Anúnciese la resolución en el Tablón Edictal Único y en el RPC. 5.-Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales y administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 6- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. 7.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Madrid a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. Contra la presente resolución no cabe recurso. expido y firmo la presente en Madrid, a veintitrés de mayo de dos mil veintitrés

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

Madrid, 24 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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