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Documento BOE-J-2023-219376

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 22 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 1081/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 124, de 25 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2023-219376

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965936084

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1081/2021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 07/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

BEATRIZ VILLALBA SANTISIMA TRINIDAD - NIF/NIE: ***5227**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

SENTENCIA Nº114/2023

En Alicante a 7 de mayo de 2023.

Dña. María del Mar Ferrández Gómez, jueza en prácticas, con la supervisión de Dña.Carla Falcó Seller, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Alicante, ha visto los presentes autos de Juicio declarativo Ordinario número 1081/2021seguidos a instancia de ZOLVA NPLCO S.A.R.L. representada por la Procuradora Dña. Elena Cantúa Parejo y asistido por el LetradoD. Joaquín Baumela Buenocontra Dña. Beatriz Villalba Santísima Trinidad declarada en rebeldía y con arreglo a los siguientes

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por laProcuradoraDña. Elena Cantúa Parejo en representación de ZOLVA NPLCO SARLcontra Dña. Beatriz Villalba Santísima Trinidaddeclarada en rebeldía debo declarar el vencimiento anticipado de la obligación de pago derivada del contrato, ex artículo 1.129 del CC y condenar a la demandada a abonar al demandante la totalidad de las cantidades debidas menos la cláusula declarada abusiva siendo el total de 11.328,46 euros.

Conexpresa condena en costas a la demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de 20 días desde la notificación, que será resuelto por la Iltma. Audiencia Provincial de Alicante.

Inclúyase la presente en el libro de sentencias poniendo en las actuaciones certificación de la misma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Alicante/Alacant, 22 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ

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