Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Andújar
Dirección: Calle ALTOZANO ARZOBISPO JOSE MANUEL ESTEPA S/N
Localidad: Andújar
Código Postal: 23740
Provincia: Jaén
Teléfono: 953965062
Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Andujar.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 451/2015
NIG: 0000000000000000000
Auto
Fecha: 09/06/2015
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 dias
MIGUEL BALLESTA MORENO - NIF/NIE: ***5501**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).
AUTO
D./Dña. MIGUEL CRUZ RAYA
En ANDUJAR, a nueve de junio de dos mil quince.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Procurador Sr./Sra.DOLORES CIUDAD CAMPOY en nombre y representación deMANUEL CALABRUS MARIN se ha presentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a CARMEN MORENO HERRERA, JOSE RAMON BALLESTA MORENO, MANUEL LUIS BALLESTA MORENO, ROSARIO BALLESTA MORENO, MARIA JESUS BALLESTA MORENO y MIGUEL BALLESTA MORENOcon fundamento en la siguiente resolución judicial:
CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION : Decreto de 26 de enero de 2.015.
JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA : Cuenta de Abogado nº 244/14.
EJECUTANTE MANUEL CALABRUS MARIN
EJECUTADO CARMEN MORENO HERRERA, JOSE RAMON BALLESTA MORENO, MANUEL LUIS BALLESTA MORENO, ROSARIO BALLESTA MORENO, MARIA JESUS BALLESTA MORENO y MIGUEL BALLESTA MORENO
CANTIDAD RECLAMADA : 23.787,84 euros de principal mas 7.000 euros presupuestados para intereses y costas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El título presentado lleva aparejada ejecución conforme a lo establecido en el artículo 517 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil(LECn), siendo la cantidad reclamada determinada y líquida.
SEGUNDO.- El escrito reúne los requisitos del artículo 549.2.,cumple, así mismo, con los presupuestos procesales exigidos en el artículo 551 de la misma ley, y la medida de embargo solicitada es la adecuada en una reclamación dineraria, por lo que, como dispone el precepto últimamente citado, procede despachar la ejecución solicitada.
En cuanto a los intereses y costas, lo reclamado no excede del límite establecido en el artículo 575.1
PARTE DISPOSITIVA
SE DESPACHA a instancias de MANUEL CALABRUS MARIN parte ejecutante, ejecución frente a CARMEN MORENO HERRERA, JOSE RAMON BALLESTA MORENO, MANUEL LUIS BALLESTA MORENO, ROSARIO BALLESTA MORENO, MARIA JESUS BALLESTA MORENO y MIGUEL BALLESTA MORENOparte ejecutada, por las siguientes cantidades 23.787,84 euros de principal mas 7.000 euros presupuestados para intereses y costas .
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LECn, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente al tribunal.
Notifíquese esta resolución al/los ejecutado/s con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (Art 555.1 LECn), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este Auto.
Lo acuerda y firma el/la JUEZ TITULAR, doy fe.
EL/LA JUEZ TITULAR EL/LA SECRETARIO/A
Andújar, 19 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DOLORES CABRERA GALLARDO
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid