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Documento BOE-J-2023-216357

MADRID. Edicto de 16 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 520/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-216357

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 520/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 08/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 15 días para presentar la ac el informe de calificacion

DESTINATARIOS

LEIVA MORILLAS, MARÍA CRUZ - NIF/NIE: ***2935**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O Dª. Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n° 14 de Madrid, A N U N C I A Que en el procedimiento concursal número 508/2022 referente al concursado Dña. MARÍA CRUZ LEIVA MORILLAS por auto de fecha 8 de mayo de 2023 se ha acordado lo siguiente: 1.-Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Dña. MARÍA CRUZ LEIVA MORILLAS. 2.-Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.-Acuerdo dejar sin efecto las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, si no se hubiera acordado con anterioridad, con todos los efectos establecidos en la LC, operando el régimen de sustitución en tales facultades patrimoniales por la Administración Concursal, con cese de los administradores societarios, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sean parte. 3.- Acuerdo la disolución de la sociedad concursada, cuya liquidación será ejecutada por la Administración Concursal designada, dentro del trámite de liquidación del concurso. 4.-Declaro el vencimiento anticipado de los créditos concursales sometidos a plazo, así como la conversión en dinero de las prestaciones de los créditos que tuvieran diferente objeto. 5.-Acuerdo seguir la liquidación por las normas generales de liquidación de los artículos 421 siguientes, salvo que por la AC se proceda a solicitar la introducción de reglas especiales de liquidación en el plazo de 3 días. 6.-Se abre la Sección VI de Calificación. 7.-Se requiere a la Administración concursal para que en el plazo de QUINCE DÍAS presente informe de calificación previsto en el art. 448 del TRLC

Madrid, 16 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA

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