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Documento BOE-J-2023-215610

VINARÒS. Edicto de 18 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 987/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - CASTELLÓN/CASTELLÓ
Referencia:
BOE-J-2023-215610

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Vinaros

Dirección: Avenida DE LA LIBERTAD S/N

Localidad: Vinaròs

Código Postal: 12500

Provincia: Castellón/Castelló

Teléfono: 964452327

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 987/2021

NIG: 1213841120210004247

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 16/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"Ignorados ocupantes en calle San Joaquin nº 2 piso segundo puerta B de Benicarló"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que estimando la demanda, interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. G. A. en nombre y representación de S. DE G. DE A. P. DE LA R. B., S.A. ., contra IGNORADOS OCUPANTES de la finca sita en Benicarló, calle Sant Joaquín n.º 2, piso segundo, puerta B entre ellos, Dª. N. L., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. E. M., debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario de los ignorados ocupantes de la finca ubicada en el término municipal de Benicarló(Castellón), Calle Sant Joaquín, nº2, piso segundo, puerta B, con referencia catastral 1576420BE8717N0006TR, Finca Registral 37.833 inscrita en el Registro de la Propiedad de Benicarló por cuanto ocupan la finca de autos en precario, sin título alguno, sin pagar merced y debo condenar y condeno a los ignorados ocupantes de la finca ubicada en el término municipal de Benicarló(Castellón), Calle Sant Joaquín, nº2, piso segundo, puerta B, y entre ellos, a Dª. N. L., a estar y pasar por dicha declaración e igualmente a abandonar dicha finca, dejándola libre, vacua y expedita a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento para el caso de no efectuarlo. Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Vinaròs, 18 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL PALACIOS BENITEZ

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