Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 20/2023
Auto
Fecha: 10/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Ninguno
Flor María Guzmán Arias
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Ejecución de títulos judiciales entre MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA S.A. y D. RODRIGO CADIÑANOS MORIANO, Dña. FLOR MARIA GUZMAN ARIAS y D. MIGUEL ALEXANDER SANTOS JAUREGUI, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución: A U T O EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. CARMEN GONZÁLEZ SUÁREZ Lugar: Madrid Fecha: 10 de mayo de 2023. PARTE DISPOSITIVA SE DESPACHA ejecución a instancias del PROCURADOR D. IGNACIO MELCHOR ORUÑA en nombre y representación de MAKRO AUTOSERVICIO MAYORISTA S.A. parte ejecutante, ejecución frente a D. RODRIGO CADIÑANOS MORIANO, Dña. FLOR MARIA GUZMAN ARIAS y D. MIGUEL ALEXANDER SANTOS JAUREGUI parte ejecutada, por las siguientes cantidades 3.294,94 euros de principal, más la suma de 988,48 euros que se fijan provisionalmente para intereses y costas que puedan devengarse durante la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente al tribunal. El presente auto junto con el decreto que dictará el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C. La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/cove mediante el siguiente código seguro de verificación: 0926460042579547813754 Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid - Ejecución de títulos judiciales 20/2023 2 de 3 Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (Art 551.2 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este Auto. Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia
Madrid, 16 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA
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