Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Castellón de la Plana
Dirección: Bulevar BLASCO IBAÑEZ 10
Localidad: Castelló de la Plana
Código Postal: 12003
Provincia: Castellón/Castelló
Teléfono: 964621448
Correo electrónico: casmerca01_cas@gva.es
Concursal
Número: 70/2023
NIG: 1204066120230000071
Auto
Fecha: 17/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Interesados y acreedores de la mercantil ZYSSA OROPESA SA con CIF nº A12087813
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PRIMERO.- Que en el procedimiento concursal CONCURSO ORDINARIO [CNO]número 000070/2023 referente al deudor ZYSSA OROPESA SA, con CIF/DNI nºA12087813 se ha dictado Auto de fecha 17/05/23 por el que se acuerda la apertura de la fase de convenio de la citada mercantil concursada.
SEGUNDO.- Dése traslado de la propuesta de convenio a la administración concursal para que, en el plazo improrrogable de DIEZ DÍAS, emita escrito de evaluación sobre su contenido, en relación con el plan de pagos y, en su caso, con el plan de viabilidad que la acompañe (347,348 y 349 TRLC).
TERCERO.- Ábrase un plazo de DOS MESES a contar del día siguiente del dictado de la presente resolución para que los acreedores puedan adherirse u oponerse a la propuesta o propuestas de convenio.
Diríjase a la Administración Concursal, no al Juzgado:
ENRIQUE SIRERA EBRÍGRAN VÍA MARQUÉS DEL TURIA, 58, puerta 4, de VALENCIA (CP 46005)Teléfono nº 963101028 e-mail: enriquesirera@icav.es
Si el término final venciera después del plazo legal para la presentación de la lista provisional de acreedores por la administración concursal, el plazo para la adhesión o la oposición se prorrogará automáticamente hasta los quince días siguientes a la fecha de presentación de la lista provisional.
Si las adhesiones presentadas fueran suficientes para considerar aceptada la propuesta de convenio presentada por el concursado, podrá este dar por finalizado en cualquier momento el periodo de adhesiones mediante simple comunicación al juzgado, aunque no hubiera finalizado el plazo de adhesión de otra u otras que hubieran presentado los acreedores (art. 358 TRLC)
CUARTO .- La adhesión o la oposición a la propuesta de convenio habrá de efectuarse por escrito con firma ológrafa o electrónica basada en un certificado cualificado que se entregará o remitirá a la administración concursal con acreditación de la identidad del firmante y, en su caso, de las facultades representativas que tuviere(art. 355)
QUINTO .- En la adhesión a la propuesta de convenio el acreedor expresará el importe del crédito o de los créditos de que fuera titular con los que se adhiere, así como su clase.Si la adhesión tuviere lugar antes de la presentación de la lista de acreedores, el importe y clase deberán ser los que se hubieran comunicado a la administración concursal. Si la adhesión tuviera lugar después, el importe y la clase deberán ser los que figuren en esa lista.
La adhesión a la propuesta de convenio será pura y simple, sin introducir modificación ni condicionamiento alguno. En otro caso, se tendrá al acreedor por no adherido.
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Castelló de la Plana, 19 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYA
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid