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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Pamplona
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Correo electrónico: juzmerca@navarra.es
Concursal
Número: 224/2022
NIG: 3120147120220000204
Diligencia
Fecha: 03/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Los acreedores del concursado
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000224/2022 referente al concursado MAIALEN TERESA ZABALBEASCOA KOCH con NIF 72507295W, con domicilio en Oteiza por diligencia de ordenación dictada el 3 de mayo del 2023, se ha acordado dar traslado del BEPI, a los acreedores que no se ha podido notificar personalmente, por 10 días y literalmente dice lo siguiente:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrado de la Administración de Justicia
Dña. ELENA MARIA DANIEL DEL VALLE
En Pamplona/Iruña, a 03 de mayo del 2023.Habiéndose presentado por Jaime Ubillos Minondo Procurador de los Tribunales en nombre y representación de la deudora MAIALEN TERESA ZABALBEASKOA KOCH, escrito de solicitud del Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho, solicitud que se ha notificado a todos los acreedores excepto ENEBRO RIOJA SL y CONFECCIONES CASADEMONT SA, al haberse intentado notificar por correo ordinario y por exhorto siendo los resultados negativos, procédase a su notificación por medio de edictos, conforme al artículo 501.4 de la RTRLC, dese traslado de la solicitud para que dentro del plazo de diez días aleguen cuanto estimen oportuno en relación a la concesión de la exoneración.
Dispone el artículo 501.4 que “El Letrado de la administración de Justicia dará traslado de la solicitud del deudor a la administración concursal y a los acreedores personados para que dentro del plazo de 10 días aleguen cuanto estimen oportuno en relación a la concesión de la exoneración.” A los efectos de no causar indefensión a los acreedores citados anteriormente se acuerda dar el traslado de solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho por plazo de diez días, mediante la publicación de la presente diligencia por medio de edictos a publicar en el TEJU-BOE y en el RPC.
Póngase en conocimiento de las partes personadas a los efectos oportunos.
De la presente diligencia se da cuenta a S.Sª.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DIAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción contenida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (arts. 451 y 452 de la LEC).
Pamplona/Iruña, 18 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ELENA DANIEL DEL VALLE
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