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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga
Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N
Localidad: Málaga
Código Postal: 29010
Provincia: Málaga
Teléfono: 951939040
Correo electrónico: mercantil1.malaga.jus@juntadeandalucia.es
Concursal
Número: 47/2023
NIG: 2906742120230005835
Auto
Fecha: 03/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores e interesados en el concurso de DESARROLLOS EMPRESARIALES NÁPOLES S.L
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1º.- Que en el procedimiento ordinario número 47/2023, (NIG 2906742120230005835), por auto de fecha 3 de mayo de 2023 se ha declarado en concurso voluntario al deudor DESARROLLOS EMPRESARIALES NÁPOLES S.L, con CIF B84438688, domicilio en Marbella y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal la integra: D. JOSE RAFAEL SANCHEZ MEDINA, abogado, economista y auditor, provisto de DNI 08914237N; que lo hace en nombre y representación de ADVAN ECONOMIA JURÍDICA SLP, con CIF B93312171, entidad con domicilio y dirección postal en Málaga, C/ Marqués de Larios nº 4, 2º-7 CP 29005, vecino de Málaga, Teléfono: 951 550 440, y con dirección de correo electrónico concursal@advanabogados.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5º.- Durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquiera que se persone en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso los documentos que considere oportunos (artículo 447 del TRLC).
6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.
7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 18 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO
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