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Documento BOE-J-2023-213379

ALMERÍA. Edicto de 18 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 32/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 122, de 23 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2023-213379

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Almería

Dirección: Carretera RONDA (DE) 120 (Ciudad de la Justicia)

Localidad: Almería

Código Postal: 04005

Provincia: Almería

Teléfono: 660894612

Correo electrónico: jmercantil.2.almeria.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 32/2023

NIG: 0401342120230000539

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 16/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores y demas interesados

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº2 DE ALMERIA, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 482 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY CONCURSAL,

A N U N C I A

Que en el procedimiento número 32/2023 con NIG 0401342120230000539, por AUTO Nº 117/23de fecha 16/05/23 se ha acordado la conclusión del presente procedimiento concursal referente al deudor FRANCISCO JAVIER PEREZ GARCIA, con DNI 23253459E por por insuficiencia de masa activa. El contenido de la parte dispositiva del referido AUTO es el siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO la conclusión del concurso de D. FRANCISCO JAVIER PÉREZ GARCÍA, con DNI 23253459E y, en consecuencia:

1.-Al ser firme la presente resolución, procédase por el Letrado de la Administración de Justicia a expedir mandamiento conteniendo testimonio de la resolución, con expresión de la firmeza, que remitirá por medios electrónicos al Registro Civil correspondiente a fin de que proceda a realizar las inscripciones correspondientes

2.- Procédase a la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el BOE (articulo 482 TRLC)

3.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a las partes personadas haciéndoles saber que es firme y no cabe recurso alguno (articulo 481 TRLC).

4.- Procédase al archivo definitivo de las actuaciones. La presente resolución no produce efectos de cosa Juzgada.

Así lo acuerdo, mando y firmo, María Teresa Zambrana Ruiz, Magistrada – Jueza del Juzgado de lo Mercantil número dos de Almería.

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.

En ALMERIA, a 17 de mayo de 2023

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."

Almería, 18 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ

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