Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada
Dirección: Plaza NUEVA 8
Localidad: Granada
Código Postal: 18009
Provincia: Granada
Teléfono: 958058968
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.7.Granada.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1714/2021
NIG: 1808742120210029828
Sentencia
Fecha: 27/09/2022
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
BENAL DRINKS S.L. - Nº ****4148*
ISIDRO FABIO TABOADA ARANDA - NIF/NIE: ***7102**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E d i c t o
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1714/2021 seguido a instancia de Volkswagen Bank GMBH frente a Isidro Fabio Taboada Aranda y Benal Drinks SL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
S e n t e n c i a nº 203/2022
En Granada a 27 de septiembre de 2022.
D. Vicente Pedro Miñán García , Juez Sustituto del Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Granada, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario Nº 1714/21 seguidos a instancia de la entidad Volkswagen Bank GMBH., representada por el Procurador Sr. Rubio Sánchez contra Benal Drinks SL y D. Isidro Fabio Taboada Aranda en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
Fa l l o
Que debo estimar y estimo la demanda presentada por la entidad Volkswagen Bank GMBH., representada por el Procurador Sr. Rubio Sánchez contra Benal Drinks SL y D. Isidro Fabio Taboada Aranda en situación procesal de rebeldía y, en consecuencia:
Debo declarar que los demandados, adeuda a la actora la suma de cuarenta y nueve mil seiscientos cinco con sesenta y tres euros (49.605,63 €), junto con los intereses moratorios pactados que se devenguen y cuantas costas y gastos se originen
Se imponen las costas del presente procedimiento a la demandada
Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de GRANADA (artículo 455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).
Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander Nº 1739 , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código ‘02’, de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a los demandados expido el presente en Granada a dieciseis de enero de dos mil veintitres.
Granada, 17 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE MANRUBIA ABELLAN
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