Contingut no disponible en valencià
Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Alicante
Dirección: Avenida AGUILERA 53
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 966902681
Civil
Número: 229/2023
Sentencia
Fecha: 15/05/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 10 días
MARIIANITA DE JESÚS ALBARADO BAQUE
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
S E N T E N C I A Nº 000151/2023
JUEZ QUE LA DICTA: Dª MARTA RODRIGUEZ ANDREU Lugar: ALICANTE Fecha: quince de mayo de dos mil veintitrés
PARTE DEMANDANTE: AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE E.M., S.A. Abogado: BERNAL LOPEZ, RAQUEL Procurador: MUÑOZ MINAYA, GEMMA
PARTE DEMANDADA MARIANITA DE JESÚS ALBARADO BAQUE, INES GABRIELA MONGE TENEZACA y HIPOLITO JAVIER PORRAS CASTILLO Abogado: Procurador:
OBJETO DEL JUICIO: Otros contratos
HECHOS.
PRIMERO.- AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE EMPRESA MIXTA, a través de su representación procesal, presentó demanda de juicio verbal que fue admitida por decreto en la que ejercita contra la parte demandada 1 acción personal derivada del contrato de abono al suministro de agua así como contrato de alquiler en el inmueble objeto de suministro por los demandados. Interesa el pronunciamiento de una sentencia que, estimando íntegramente la demanda, condene a la demandada a que pague a la actora la suma reclamada en concepto de suministro efectuado y no satisfecho, intereses y costas.
SEGUNDO.- Admitida la demanda y emplazada la demandada no contesto siendo declarada en rebeldía procesal y dado que la demandante no solicitó la celebración de vista quedaron los autos sobre mi mesa para resolver.
FALLO
ESTIMO la demanda presentada por AGUAS MUNICIPALIZADAS DE ALICANTE EMPRESA MIXTA contra DOÑA MARIANITA DE JESÚS ALBARADO BAQUE, DON HIPOLITO JAVIER PORRAS CASTILLO y DOÑA INES GABRIELA MONGE TENEZACA a que paguen con carácter solidario a la actora la suma de 625,15 € en concepto de suministro efectuado y no satisfecho, intereses legales. Respecto de las costas procede imponerlas a la parte demandada.
Comuníquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que es firme, y que contra la misma NO cabe interponer recurso de apelación, conforme a lo dispuesto en los arts. 455 y ss LEC.
Alicante/Alacant, 17 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOAQUIN CARA DEL ROSAL
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid