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Documento BOE-J-2023-210833

MADRID. Edicto de 12 de mayo de 2023 en procedimiento civil número 173/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-210833

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 173/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: .

DESTINATARIOS

Acreedores de Ramosa Flores Flores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DÑA. MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC hace saber: 1.- Que en el Concurso ordinario 173/2023 con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2023/0077762 por Auto de fecha 09/05/2023 se ha declarado en concurso voluntario a D./Dña. RAMOSA FLORES FLORES con NIF 08005405W y domiciliado en PASEO DE LA CATELLANA 215, 02 DCHA. CP 28046, MADRID. 2.- De la solicitud se aprecia que el deudor cuenta con un pasivo de 24.186,31 euros. 3.- Llamamiento a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del presente edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado (art. 37 ter). 4.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (art. 37 ter 2 TRLC). 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 12 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA

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