Content not available in English
Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de San Cristóbal de la Laguna
Dirección: Plaza DEL ADELANTADO S/N
Localidad: San Cristóbal de la Laguna
Código Postal: 38200
Provincia: Santa Cruz de Tenerife
Teléfono: 922924291
Correo electrónico: ccobbri@justiciaencanarias.org
Civil
Número: 28/2023
Auto
Fecha: 20/02/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MIGUEL GONZALEZ BRITO - NIF/NIE: ***9502**
JUAN PEDRO GONZALEZ AGUIAR - NIF/NIE: ***0356**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
AUTOEn San Cristóbal de La Laguna, a 20 de febrero de 2023.ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.- Por el Procurador de los tribunales, D./Dña. ELENA GONZALEZ GONZALEZ, en nombre y representación de D./Dña. MIGUELINA ARCANGELA DÍAZ PÉREZ, se ha presentado demanda ejecutiva DEFINITIVA frente a D./Dña. MIGUEL GONZALEZ BRITO y JUAN PEDRO GONZALEZ AGUIAR, en ejecución de DECRETO 09/06/2022, por importe de 6.527,96 euros, en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 1.958,39 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de interés que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
PARTE DISPOSITIVAAcuerdo:Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, D./Dña. MIGUELINA ARCANGELA DÍAZ PÉREZ, frente a D./Dña. MIGUEL GONZALEZ BRITO y JUAN PEDRO GONZALEZ AGUIAR, parte ejecutada, en forma solidaria/mancomunada, por importe de 6.527,96 euros, en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 1.958,39 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.El presente auto, junto con el decreto que dictará el Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.Modo de impugnación: contra esta orden no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.Así lo acuerda y firma D. /Dña. MARÍA MERCEDES SANTANA RODRÍGUEZ, MAGISTRADA, del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 (Antiguo mixto Nº 6) de San Cristóbal de La Laguna. EL/LA MAGISTRADA
San Cristóbal de la Laguna, 12 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA PILAR JIMENEZ CAMACHO
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid