Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla
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Civil
Número: 284/2021
NIG: 4109142120190016450
Diligencia
Fecha: 16/01/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
FRANCISCO JAVIER LOPEZ CARRILLO - NIF/NIE: ***1207**
CARLOS LOPEZ CARRILLO - NIF/NIE: ***1207**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
“DILIGENCIA DE ORDENACION DEL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR.D
JUANA GALVEZ MUÑOZ
En SEVILLA, a dos de noviembre de dos mil veintidós.
De la tasación de costas practicada en estos autos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 244 de la L.E.C., dése traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS, con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando a los interesados su derecho para reclamarlo de quien y como corresponda.
Dentro del plazo señalado, puede impugnarse la tasación practicada:
Por la parte condenada, basada en la inclusión de partidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando que el importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2 de la L.E.C.).
La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por no haberse incluido gastos que estime debidamente justificados y reclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberse incluido la totalidad de la minuta de honorarios de su abogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de su procurador ( artículo 245.3 de la L.E.C.).
En todo caso, en el escrito de impugnación habrán de mencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas a que se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otro caso, no se admitirá a trámite la impugnación ( artículo 245.4 de la L.E.C.).
MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. “
Y como consecuencia del ignorado paradero de FRANCISCO JAVIER LÓPEZ CARRILLO y CARLOS LÓPEZ CARRILLO, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
SEVILLA a dieciséis de enero de dos mil veintitrés.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Sevilla, 16 de enero de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUANA GALVEZ MUÑOZ
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