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Documento BOE-J-2023-196690

VALLADOLID. Edicto de 8 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 85/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2023-196690

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valladolid

Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5

Localidad: Valladolid

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 85/2023

NIG: 4718647120230000204

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JOSE RAMON RODRIGUEZ RECIO - NIF/NIE: ***6778**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D./Dª. ADELA TAMAYO GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de VALLADOLID, por el presente, HAGO SABER:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000085/2023 y NIG nº 4718647120230000204 se ha dictado en fecha 3 de mayo de 2023 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario sin masa del deudor JOSE RAMON RODRIGUEZ RECIO, con DNI nº 092XXX81-T,, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Bieldo 32 de La Cistérniga (Valladolid)

2º.- Se ha acordado remitir telemáticamente al Boletín Oficial del Estado para su publicación en el suplemento del tablón Edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

La retribución del administrador corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.

4º.- Contra el auto cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en un plazo de 5 días ante este mismo Juzgado, para cuya admisión a trámite será preciso acreditar la consignación de un depósito previo de 25 euros en la cuenta de consignaciones y depósitos de este juzgado (art. 546 TRLC).

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

En VALLADOLID, a cinco de mayo de dos mil veintitrés.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

Valladolid, 8 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA TAMAYO GOMEZ

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