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Documento BOE-J-2023-196049

VALLADOLID. Edicto de 8 de mayo de 2023 en procedimiento concursal número 114/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALLADOLID
Referencia:
BOE-J-2023-196049

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Valladolid

Dirección: Calle NICOLAS SALMERON 5

Localidad: Valladolid

Código Postal: 47004

Provincia: Valladolid

Teléfono: 983218181

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 114/2023

NIG: 4718647120230000262

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores interesados en concurso

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial SECCIONI DECLARACION CONCURSO 114/23 y NIG n 47186 47 1 20230000262, se ha dictado en fecha tres de mayo de dos milveintitrés, AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntarioconjuntamente a los deudores personas físicas D. JESÚS SABUGODÍEZ con DNI nº 09.306.674-T y Dª VIRGINIA ESTEVEZ UCERO conDNI nº 12.384.852-L, con domicilio en calle Pedro De La Gascanº 13 de 47004-Valladolid, coincidente con el centro deintereses principales. Cuyo pasivo asciende a la cantidad de110.080,77 euros.2.- Igualmente se ha acordado el llamamiento al acreedor o alos acreedores que representen, al menos, el cinco por cientodel pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contardel siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar elnombramiento de un administrador concursal para que presenteinforme razonado y documentado sobre los siguientes extremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudorhubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa quesean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio dela acción social de responsabilidad contra los administradoreso liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídicaconcursada, o contra la persona natural designada por lapersona jurídica administradora para el ejercicio permanentede las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea sudenominación, que tenga atribuidas facultades de más altadirección de la sociedad cuando no exista delegaciónpermanente de facultades del consejo en uno o variosconsejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concursopudiera ser calificado de culpable.3.- En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimadohubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera personanatural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivoinsatisfecho.4.- El auto de declaración de concurso, en caso de que eldeudor fuera empleador, se notificará a la representaciónlegal de las personas trabajadoras. 5.- Las resoluciones que traigan causa del concurso sepublicarán en el Registro Público Concursal:www.publicidadconcursal.esEn VALLADOLID, a tres de mayo de de dos mil veintitrés.

Valladolid, 8 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA ADELA TAMAYO GOMEZ

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