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Documento BOE-J-2023-189348

SEVILLA. Edicto de 3 de mayo de 2023 en procedimiento en materia social número 252/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2023-189348

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 5 de Sevilla

Dirección: Avenida DE LA BUHAIRA 26

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955519082

Correo electrónico: AtPublico.JSocial.5.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 252/2020

NIG: 4109144420200002569

RESOLUCIÓN PROCESAL

Sentencia

Fecha: 02/05/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

RUFTMAN INVESTMENTS, S.L. - NIF/NIE: ****9984*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

F A L L O

Que ESTIMANDO la demanda en reclamación por DESPIDO presentada por GENNARO CATANIA contra RUFTMAN INVESTMENTS, S.L. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL declaro la IMPROCEDENCIA del despido de 31.01.2020, declarando extinguida la relación laboral a la fecha de hoy y condenando al demandado RUFTMAN INVESTMENTS, S.L. a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 9.834,74 euros, así como a 35.944,38 euros en concepto de salarios de tramitación.

Que ESTIMANDO la demanda presentada en materia de reclamación de cantidad por GENNARO CATANIA contra RUFTMAN INVESTMENTS, S.L. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL debo condenar y condeno a la empresa RUFTMAN INVESTMENTS, S.L. a que abone a la actora la suma de 3.344,02 euros más el 10% en concepto de interés por mora y el interés procesal conforme al artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la notificación de la sentencia a la parte condenada hasta el total pago.

No se hace especial pronunciamiento respecto del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social. En el supuesto que el recurrente sea el demandado

Sevilla, 3 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA YOLANDA VALDIVIELSO GARCIA

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