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Documento BOE-J-2023-1875

MADRID. Edicto de 30 de diciembre de 2022 en procedimiento civil número 508/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-1875

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 508/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 29/12/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 20 días para recurrir

DESTINATARIOS

Concursado, administrador concursal, acreedores e interesados.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Concursado: Tilesa Kenes Spain, S.L. Se anuncia: 1.- Que en el concurso ordinario 508/2022, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2022/0515651, por auto de fecha 29/12/2022, se ha declarado en concurso voluntario a Tilesa Kenes Spain, S.L., con nº de identificación B85936516 y domicilio en Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Administraciones de Insolvencia y Asociados, S.L.P., con domicilio postal en C/ Pérez Pujol nº 3, 2º Puerta 4, 46002 de Valencia y dirección electrónica ac@insoliure.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso. 8.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de calificación.

Madrid, 30 de diciembre de 2022.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VELA PEREZ

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