Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Alicante
Dirección: Avenida AGUILERA 53
Localidad: Alicante/Alacant
Código Postal: 03007
Provincia: Alicante/Alacant
Teléfono: 965936084
Civil
Número: 1865/2010
Auto
Fecha: 17/09/2010
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
MANUEL BOZZANO ORMAZA - NIF/NIE: ****8955*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
A U T OJUEZ QUE LO DICTA: D/Dª Mª. JOSE HERNANDEZ RODRIGUEZ Lugar: ALICANTEFecha: diecisiete de septiembre de dos mil diez. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por el Procurador D/Dª , en nombre y representación de BANCO POPULAR E COM S.A., se presentó solicitud inicial de procedimiento monitorio dirigida frente a D/Dª MANUEL BOZZANO ORMAZA, admitida mediante providencia en la que se acordó requerir de pago de la cantidad solicitada. El requerimiento se ha practicado sin que se haya comparecido presentado escrito de oposición o que acredite el abono.SEGUNDO.- El solicitante ha reclamado, por esa razón, que se despache ejecución y la adopción de medidas a tal fin. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Dispone el art. 816.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), que si el deudor requerido de pago no pagara al solicitante o compareciera oponiéndose, en el término de veinte días, se dictará auto en el que se despachará ejecución por la cantidad adeudada.En este caso la solicitud del acreedor, el requerimiento que se ha hecho al deudor y su posterior falta de comparecencia ante este tribunal, permiten constituir título que lleva aparejada ejecución, a tenor de lo establecido en el nº 9º del art. 517 y 816.1 de la LECn, siendo la cantidad reclamada vencida, determinada y líquida.SEGUNDO.- Ordena el art. 816.2 de la LECn que la deuda devengue el interés previsto en el art. 576 de la misma LECn, desde que se dicta el auto despachando ejecución, por lo que procede el interés legal del dinero elevado en dos puntos. PARTE DISPOSITIVA1.- SE DESPACHA a instancia del Procurador D/Dª PASTOR BERENGUER, SILVIA, en nombre y representación de D/Dª BANCO POPULAR E COM S.A., parte ejecutante, ejecución frente a MANUEL BOZZANO ORMAZA, parte ejecutada, por la cantidad de 1249,32 Euro de principal, más 374,8 euros presupuestados para intereses y costas.2.- Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el art. 155.5. de LECn, si cambiasen de domicilio durante la sustanciación del proceso, lo habrán de comunicar inmediatamente al tribunal.3.- Notifíquese esta resolución al/los ejecutados, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución.Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (arts. 816.2 y 556.1 LECn), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la notificación de este Auto.Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.Firma del Juez Firma del Secretario
QUEDANDO EL DECRETO A DISPOSICIÓN EN LA SECRETARIA DE ESTE JUZGADO
Alicante/Alacant, 3 de mayo de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ISAAC BERNABEU PEREZ
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