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Documento BOE-J-2023-181924

SEGOVIA. Edicto de 28 de abril de 2023 en procedimiento civil número 198/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - SEGOVIA
Referencia:
BOE-J-2023-181924

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Segovia

Dirección: Calle SAN AGUSTIN 28

Localidad: Segovia

Código Postal: 40001

Provincia: Segovia

Teléfono: 921463257

Correo electrónico: mixto2.segovia@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 198/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 17/05/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

MISSDUKY S.L. - NIF/NIE: ****8040*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

ACUERDO:

- Admitir a trámite la demanda presentada por ABOGADO DEL ESTADO, en nombre y representación de SOCIEDAD ESTATAL CORREOS EXPRESS PAQUETERÍA URGENTE S.A. S.M.E., frente a MISSDUKY S.L. que se sustanciará por las reglas previstas para los Juicios Verbales.

- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste por escrito en el plazo de DIEZ DÍAS conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario, apercibiéndole de que, si no compareciera en el plazo otorgado, será declarado en situación de rebeldía procesal, de conformidad con el artículo 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LECn) y si carece de recursos económicos puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

- Fuera de los casos de designación de oficio previstos en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, corresponde a las partes contratar los servicios del procurador y del abogado que les hayan de representar y defender en juicio.

No obstante, el litigante que no tenga derecho a la asistencia jurídica gratuita podrá pedir que se le asigne abogado, procurador o ambos profesionales, cuando su intervención sea preceptiva o cuando, no siéndolo, la parte contraria haya comunicado al Tribunal que actuará defendida por abogado y representada por procurador.

En el caso de que la petición se realice por el demandado, deberá formularla en el plazo de los tres días siguientes a recibir la cédula de emplazamiento o citación.

Estas peticiones se harán y decidirán conforme a lo dispuesto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, sin necesidad de acreditar el derecho a obtener dicha asistencia, siempre que el solicitante se comprometa a pagar los honorarios y derechos de los profesionales que se le designen (artículo 33 de la LEC).

- Advertir a la parte demandada que, en ningún caso se admitirá reconvención en los juicios verbales que, según la ley, deban finalizar por sentencia sin efectos de cosa juzgada.

En los demás juicios verbales se admitirá la reconvención siempre que no determine la improcedencia del juicio verbal y exista conexión entre las pretensiones de la reconvención y las que sean objeto de la demanda principal. Admitida la reconvención se regirá por las normas previstas en el juicio ordinario, salvo el plazo para su contestación que será de diez días.

- Advertir a la parte demandada que podrá oponer en la contestación un crédito compensable, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 408. Si la cuantía de dicho crédito fuese superior a la que determine que se siga el juicio verbal, el tribunal tendrá por no hecha tal alegación en la vista, advirtiéndolo así al demandado, para que use de su derecho ante el tribunal y por los trámites que correspondan.

- Advertir a la parte demandada que, en su escrito de contestación, deberá pronunciarse necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista.

Segovia, 28 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LUIS MARIA GARCIA AGUADO

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