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Documento BOE-J-2023-179452

GRANADA. Edicto de 26 de abril de 2023 en procedimiento civil número 546/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2023-179452

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 15 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 1

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958983072

Correo electrónico: JInstancia.15.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 546/2022

NIG: 1808742120220008631

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 28/04/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: Diez dias

DESTINATARIOS

JUANA MARIA RIVERA SERRANO - NIF/NIE: ***2401**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Se admite a tramite la demanda presentada por el Procurador D/Doña en nombre y representación de Jose Antonio Sanchez Cozar SL. frente a Juana María Rivera Serrano , sobre reclamación de cantidad que se sustanciará por las reglas del juicio verbal fijándose la cuantía de la demanda es de 726,11 euros.

Emplacese a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada para que la conteste y se pronuncie sobre la pertinencia de celebrar vista en el plazo de Diez dias hábiles, computado desde el siguiente al emplazamiento con las siguientes prevenciones legales:

- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal y no se le notificarán más resoluciones que la que declare la rebeldía y la que ponga fin al proceso (artículos 496.1 y 497.1 LEC).

- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de abogado y procurador siempre que la cantidad reclamada supere los 2.000 euros (art. 23 y 31 de la LEC). Si pretende valerse de estos profesionales, deberá comunicarlo a esta Oficina Judicial en el plazo de TRES DÍAS desde que se le notifique la demanda.

- Advertir a la parte demandada que si carece de recursos económicos, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita en el mismo plazo de tres días

- Que están a su disposición en la Oficina Judicial impresos normalizados que puede emplear para contestar a la demanda.

Se informa a las partes de que pueden recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una mediación, pudiendo interesar la suspensión del procedimiento a tal fin.

Granada, 26 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MILAGROSA FERNANDEZ GALISTEO

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