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Documento BOE-J-2023-178884

SUECA. Edicto de 27 de abril de 2023 en procedimiento civil número 410/2020.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2023-178884

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 5 de Sueca

Dirección: Plaza DEL CONVENT S/N

Localidad: Sueca

Código Postal: 46410

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961700907

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 410/2020

NIG: 4623541220150003307

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 22/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: diez días

DESTINATARIOS

JOSÉ ALBERTO PINEDA SALES - NIF/NIE: ***3144**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

A U T OJuez/Magistrado-Juez Sr./a: LUCIA MAYORDOMO LUJAN.En SUECA a veintidós de noviembre de dos mil veintidós.ANTECEDENTES DE HECHOÚNICO.- Por el Procurador de los tribunales, Sra PONS FUSTER, PILAR, en nombre y representación de ALICIA FUSTER VIDAL, se ha presentado demanda ejecutiva frente a JOSE ALBERTO PINEDA SALES, en ejecución de SENTENCIA Nº 135/2015.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO.- Ha sido examinada por este tribunal su jurisdicción, competencia objetiva y territorial, concurriendo en la demanda presentada los presupuestos y requisitos procesales exigidos por la ley, y siendo el título que se acompaña susceptible de ejecución, de conformidad con el artículo 517 de la L.E.C., procede, en virtud de lo dispuesto en el artículo 551 y concordantes de la L.E.C., dictar orden general de ejecución y despacho de la misma.SEGUNDO.- Procede que se despache ejecución a favor de la solicitante al haber acreditado su condición de acreedor en el título ejecutivo presentado, frente a la parte deudora. TERCERO.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la L.E.C., dictado el auto por el juez o magistrado, el secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.CUARTO.- Al ser determinada la cantidad reclamada, conforme a lo establecido en el artículo 572 de la L.E.C., procede despachar la ejecución por las cantidades solicitadas, sin perjuicio de las posteriores liquidaciones que pudieran corresponder.PARTE DISPOSITIVAACUERDO:Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, ALICIA FUSTER VIDAL, frente a JOSE ALBERTO PINEDA SALES, parte ejecutada.Se despacha ejeución por importe de 9.096,11 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 2.728,83 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.Modo de impugnación: contra esta orden no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.Así lo acuerda y firma SSª. EL/LA JUEZ/MAGISTRADO,

Sueca, 27 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CAROLA BELTRAN LERMA

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