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Documento BOE-J-2023-178678

COLMENAR VIEJO. Edicto de 26 de abril de 2023 en procedimiento civil número 123/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2023
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - MADRID
Referencia:
BOE-J-2023-178678

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 6 de Colmenar Viejo

Dirección: Calle PADRE CLARET 13

Localidad: Colmenar Viejo

Código Postal: 28770

Provincia: Madrid

Teléfono: 918474492

Correo electrónico: colmenarviejo.j6@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 123/2021

NIG: 2804500220190002021

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/03/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: 10 días

DESTINATARIOS

YASMINA HABBA BELAMRI - NIF/NIE: ***4691**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

A U T O

EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. RAQUEL SANCHEZESCOBAR

Lugar: Colmenar ViejoFecha: 24 de marzo de 2022.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO. - Por el SALUS INVERSIONES Y RECUPERACIONES SL se hapresentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a D./Dña. YASMINA HABBABELAMRI con fundamento en la siguiente resolución judicial:CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION: Decreto de fecha 21/11/2019JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA: Monitorio 263/2019EJECUTANTE: SALUS INVERSIONES Y RECUPERACIONES SLEJECUTADO: D./Dña. YASMINA HABBA BELAMRICANTIDAD RECLAMADA: 241,76 más la suma de 72,53 euros, que se fijanprovisionalmente para intereses que puedan devengarse durante la ejecución, sin perjuicio desu posterior liquidación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El título presentado lleva aparejada ejecución conforme a loestablecido en el número 9º del artículo 517 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil(LEC), siendo la cantidad reclamada determinada y líquida.

SEGUNDO.- El escrito reúne los requisitos del artículo 549.2.,cumple, así mismo,con los presupuestos procesales exigidos en el artículo 551 de la misma ley, por lo que,como dispone el precepto últimamente citado, procede despachar la ejecución solicitada.

PARTE DISPOSITIVA

SE DESPACHA ejecución a instancias de SALUS INVERSIONES YRECUPERACIONES SL parte ejecutante, ejecución frente a D./Dña. YASMINA HABBABELAMRI parte ejecutada, por las siguientes cantidades 241,76 más la suma de 72,53 euros,que se fijan provisionalmente para intereses que puedan devengarse durante la ejecución, sinperjuicio de su posterior liquidación.Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5de la LEC, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicaráninmediatamente al tribunal.Practicada averiguación patrimonial dese traslado a la actora.Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (Art 551.2 LEC),sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro delos DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este Auto.Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia

Colmenar Viejo, 26 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA TERESA PEREZ ABAD

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