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Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Civil
Número: 55/2023
Auto
Fecha: 11/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 0 dias
RODRIGUEZ MARTIN, ENRIQUE - Nº ***4951**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO En este Juzgado se siguen autos de procedimiento Ejecución de títulos judiciales entre AGUAPURA AGUAVIVA SLU y D. ENRIQUE RODRIGUEZ MARTIN, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución: A U T O EL/LA JUEZ/MAGISTRADO-JUEZ QUE LO DICTA: D./Dña. CARMEN GONZÁLEZ SUÁREZ Lugar: Madrid Fecha: 11 de abril de 2023 ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO. - Por el PROCURADOR D. IGNACIO MELCHOR ORUÑA en nombre y representación de AGUAPURA AGUAVIVA SLU se ha presentado escrito solicitando despacho de ejecución frente a D. ENRIQUE RODRIGUEZ MARTIN con fundamento en la siguiente resolución judicial: CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION: Sentencia de fecha 01/09/2022 JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA: Juicio Verbal 540/2021 EJECUTANTE: AGUAPURA AGUAVIVA SLU EJECUTADO: D. ENRIQUE RODRIGUEZ MARTIN CANTIDAD OBJETO DE LA CONDENA: 3.089,13 euros de principal. CANTIDAD RECLAMADA: 3.089,13 euros de principal y 926,73 euros en concepto de intereses y costas presupuestadas. PARTE DISPOSITIVA SE DESPACHA ejecución a instancias del PROCURADOR D. IGNACIO MELCHOR ORUÑA en nombre y representación de AGUAPURA AGUAVIVA SLU parte ejecutante, ejecución frente a D. ENRIQUE RODRIGUEZ MARTIN parte ejecutada, por las siguientes cantidades 3.089,13 euros de principal, más la suma de 926,73 euros que se fijan provisionalmente para intereses y costas que puedan devengarse durante la ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación. Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente al tribunal. El presente auto junto con el decreto que dictará el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C. Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno (Art 551.2 LEC), sin perjuicio de que el/los deudor/res pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la notificación de este Auto. Lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe. EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia Y para que sirva de notificación a D. ENRIQUE RODRIGUEZ MARTIN expido y firmo la presente
Madrid, 25 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, IRENE ORTIZ PLAZA
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