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Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 66/2023
NIG: 3120147120230000071
Auto
Fecha: 13/04/2023
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 15 días
Acreedores e interesados en el concurso de MIGUEL LAJUSTICIA AGUILERA.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal número 0000066/2023 referente al concursado MIGUEL LAJUSTICIA AGUILERA con NIF 15764744S, con domicilio en Pamplona/Iruña por auto de fecha 13 de abril de 2023 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por el Procurador Sr.Ubillos, en nombre y representación del deudor, persona física DON MIGUEL ÁNGEL LAJUSTICIA AGUILERA, con DNI nº15.764.744-S.
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de DON MIGUEL ÁNGEL LAJUSTICIA AGUILERA, con DNI nº15.764.744-S, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección cuarta, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo que resulta de la documentación aportada asciende a 385.903,31 euros.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Una vez firme la presente resolución, procédase a su inscripción en el Registro Civil de PAMPLONA, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36 TRLC y 557 TRLC. Entretanto procédase a su anotación.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
7. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
8. Notifíquese a la concursada esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.
9. Notifíquese la presente resolución a DOÑA MARIA TERESA GASCUE GOÑI, cónyuge del deudor.Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por medio de escrito presentado en este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado, en plazo de CINCO DÍAS, computados, para el deudor desde la notificación del auto y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículos 20.2 y 197 LC y 452 LEC).
Pamplona/Iruña, 23 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZALEZ ARCE
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