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Documento BOE-J-2023-168115

JAÉN. Edicto de 24 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 676/2017.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - JAÉN
Referencia:
BOE-J-2023-168115

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Jaén

Dirección: Calle ARQUITECTO BERGES 16

Localidad: Jaén

Código Postal: 23007

Provincia: Jaén

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 676/2017

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 14/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Herencia yacente de D. Jose Consuegra Melgarejo

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrado de la Administración de Justicia: D. Manuel Gabriel Blanca Buendia

En Jaén, a catorce de abril de dos mil veintitrés.

Habiendo transcurrido el plazo concedido, sin que haya comparecido en elpresente procedimiento, ni en forma ni plazo, acuerdo declarar en rebeldía a la herenciayacente del Sr. Consuegra Melgarejo y notificar la declaración de rebeldía a la misma víaedictal.

Asimismo, conforme a lo establecido en el Artículo 170.3 LC, dese vista delcontenido de la presente sección a las partes personadas para que, dentro de los diez díassiguientes, aleguen cuanto convenga a su derecho.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante el Letrado de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).

Lo acuerdo y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la herencia yacente de D. JOSECONSUEGRA MELGAREJO, se extiende la presente para que sirva de cédula denotificación.

Jaén, 24 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MANUEL GABRIEL BLANCA BUENDIA

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