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Documento BOE-J-2023-168002

CORUÑA (A). Edicto de 24 de abril de 2023 en procedimiento concursal número 458/2014.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2023
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2023-168002

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de A Coruña

Dirección: Calle CAPITÁN JUAN VARELA S/N

Localidad: Coruña (A)

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 981182166

Correo electrónico: mercantil1.coruna@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 458/2014

NIG: 1503047120130000724

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 03/04/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Grupo Inmobiliario Lagares Sl., Cif B-15652027

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número de concurso arriba referenciado 458/2014-C relativos al deudor GRUPO INMOBILIARIO LAGARES S.L., CIF B-15652027 se ha dictado en fecha 03.04.2023 el AUTO DE CONCLUSIÓN en el que se acordó:

Declarar la conclusión del concurso voluntario ordinario de la entidad GRUPO INMOBILIARIO LAGARES S.L., CIF B-15652027 e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, tomo 2.101 del archivo, Sección general, hoja C-21.119, por fin de la fase de liquidación, y archivar las presentes actuaciones.

Se establecen los siguientes efectos:

.Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

.Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña.

Procede librar mandamiento de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución.

La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, lo que se hará por la Oficina Judicial en el Tablón Edictal Judicial Único.

Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno.

Así lo acuerda manda y firma el Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil Núm. 1 de A Coruña, doy fe.

Coruña (A), 24 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, VICTOR LOPEZ SANCHEZ

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