Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Llíria
Dirección: Calle JOSE PEREZ MARTINEZ S/N
Localidad: Llíria
Código Postal: 46160
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 962782862
Correo electrónico: limi02_val@gva.es
Civil
Número: 11/2013
NIG: 4614741220130000003
Auto
Fecha: 25/01/2013
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
SALVADOR AGUSTIN FORES VAÑO - NIF/NIE: ***6462**
ENRIQUE TOMAS SEGURA - NIF/NIE: ***2529**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
A U T OJUEZ QUE LO DICTA: D/Dª ANTONIO MARIA GIMENEZ RAURELL Lugar: LLIRIA (VALENCIA) Fecha: veinticinco de enero de dos mil trece Por presentado el anterior escrito con la copia de poder, documentos y copias acompañados. Se tiene por parte al/la Procurador/a D/Dª TELLO CALVO, EVA MARIA ,en la representación que acredita de BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. ANTECEDENTES DE HECHO ÚNICO.- Por el /la Procurador/a expresado/a en nombre y representación de BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. se ha presentado, demanda, solicitando se despache ejecución frente a PROMOCIONES MARENSAL S.L. , en base al siguiente título ejecutivo:ESCRITURA PÚBLICA OTORGADA CON FECHA 3/05/2005 , ANTE EL NOTARIO DE VALENCIA D.JOAQUIN BORREL GARCIA y nº 1950 , DE SU PROTOCOLO. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte ejecutante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23, 31 y 538 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn).SEGUNDO.- Asimismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas, según los artículos 36, 45, y 545 de la citada ley procesal, siendo igualmente competente territorialmente por aplicación del artículo 684.TERCERO.- Como requiere el artículo 685.2 de la LECn, el título que se presenta, se encuentra revestido de los requisitos que en dicha ley se exige para el despacho de ejecución, por hallarse comprendido en el nº 4º del artículo 517 de la misma, cumpliendo la demanda las exigencias del artículo 549, acompañándose de los documentos a que se refiere el artículo 550 , cumpliéndose los demás requisitos y presupuestos procesales previstos en el artículo 551, procediendo por todo ello, despachar la ejecución en los términos solicitados.CUARTO.- Dirigiéndose la ejecución exclusivamente sobre bienes hipotecados en garantía de la deuda por la que se procede y determinándose en la escritura con constitución de hipoteca el precio en que los interesados tasan los bienes hipotecados para que sirva de tipo en la subasta y el domicilio fijado por el deudor para la práctica de los requerimientos y notificaciones, la tramitación de este proceso debe ajustarse a las normas establecidas en el Título IV del Libro III de la LECn, con las especialidades contenidas en su Capítulo V, como establecen los artículos 681 y 682 de dicha ley procesal. PARTE DISPOSITIVA Se DESPACHA a instancia de BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A. ejecución frente a PROMOCIONES MARENSAL S.L. siguientes cantidades 156551,69 € en concepto de principal reclamado más 46965 € en concepto de intereses y costas, sin perjuicio estas últimas del límite fijado en la póliza de préstamo hipotecario aportada..-Requiérase al ejecutado a fin de que en el acto haga pago de la cantidades por las que se despacha ejecución - Expedir mandamiento al Registro de la Propiedad de BENAGUACIL para que remita certificación relativa al bien Local para usos industriales o almacern sita en Ribarroja , Finca registral num. 24114 del tomo 1776 libro 519 de Ribarroja del Turia folio 101, comprensiva de los siguientes extremos:1º La titularidad del dominio y demás derechos reales del bien o derecho gravado.2º Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre el bien registrable embargado, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.3º Si la hipoteca en favor del ejecutante se halla subsistente y sin cancelar o, en su caso, la cancelación o modificaciones que aparecieren en el Registro.De conformidad con lo establecido en el artículo 693.3 de la LECn, comuníquese al deudor que, hasta el día señalado para la celebración de la subasta, podrá liberar el bien mediante la consignación de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de la presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento y que resulten impagados en todo o en parte. Requerir de pago al ejecutado PROMOCIONES MARENSAL S.L. por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados en la presente ejecución,que ascienden a 156551,69 € en concepto de principal reclamado más 46965 € en concepto de intereses y costas requerimiento que se verificará junto con la notificación de la presente resolución en el domicilio que resulte vigente en el Registro conforme lo previsto en el artículo 686.2 de la L.E.C., y con el apercibimiento de que si no lo efectúa en el plazo de 30 DÍAS se continuará con la ejecución adelante.De conformidad con lo establecido en el artículo 693.3 de la LECn, comuníquese al deudor que, hasta el día señalado para la celebración de la subasta, podrá liberar el bien mediante la consignación de la cantidad exacta que por principal e intereses estuviere vencida en la fecha de la presentación de la demanda, incrementada, en su caso, con los vencimientos del préstamo y los intereses de demora que se vayan produciendo a lo largo del procedimiento y que resulten impagados en todo o en parte. Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno. (Art. 551.2 LECn), sin perjuicio de que el/los deudor/es pueda/n oponerse a la ejecución despachada dentro de los DIEZ DIAS siguientes a la notificación de este Auto.
Llíria, 20 de abril de 2023.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARCO ANTONIO BAUTISTA TORRES
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid